COSMONET FIBRA ÓPTICA
CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO
OBJETO: Los presentes términos y condiciones generales regirán la prestación del servicio denominado “CosmoNet Fibra Óptica” en su modalidad de contratación mensual por parte de COSMOVISIÓN PRODUCCIONES SRL S.R.L CUIT: 30-71823131-7, en adelante COSMOVISIÓN, al CLIENTE.
DEFINICIONES: Cuando sean utilizados en los presentes TÉRMINOS DE USO, los siguientes términos tendrán los significados que a continuación se detallan:
CLIENTE es aquella persona física o jurídica que solicita a COSMOVISIÓN la prestación del SERVICIO denominado “CosmoNet Fibra Óptica”.
PARTES se refiere a COSMOVISIÓN y al CLIENTE denominados de forma conjunta
SERVICIO es el servicio de CosmoNet Fibra Óptica, provisto por COSMOVISIÓN a requerimiento del CLIENTE en el marco de los presentes TÉRMINOS DE USO. El SERVICIO consiste en la adquisición de una cuota de Megabytes (en adelante “MB”) para acceder a internet vía fibra óptica en todos los puntos disponibles en la Ciudad de Formosa Capital. El SERVICIO estará disponible dentro del área de cobertura de COSMOVISIÓN que el cliente declara conocer y aceptar.
DISPOSITIVO: Es el equipo que utiliza el CLIENTE para conectarse al SERVICIO.
DE LOS DATOS DEL CLIENTE: Los datos que el CLIENTE brinda serán utilizados por COSMOVISIÓN exclusivamente para la prestación del SERVICIO. El CLIENTE se obliga a informar a COSMOVISIÓN, en forma exacta y veraz, los datos personales que fueren necesarios para la activación y prestación del SERVICIO solicitado, y a informar a COSMOVISIÓN cualquier modificación o actualización que deba operarse sobre los mismos. El CLIENTE será responsable penal y/o civilmente en caso de omisión o falsedad de parte o de la totalidad de los datos informados.
Con la firma de las presentes Condiciones Generales, el CLIENTE presta su conformidad para ceder a terceros sus datos personales (nombre, DNI, correo electrónico y teléfono), almacenados en COSMOVISIÓN, a fin de que pueda recibir información respecto de los servicios financieros (préstamos) ofrecidos por estos. El CLIENTE no está obligado a prestar este consentimiento y, aún luego de otorgarlo, tiene el derecho de revocarlo. En caso de prestar conformidad con la cesión, estará otorgando su consentimiento para la recolección, ordenación, uso, conservación, almacenamiento, modificación y transferencia a terceros de sus datos personales, a los efectos de identificarlo, efectuar el análisis crediticio y financiero, y para su procesamiento con fines comerciales. En caso de que no desee proveer sus datos personales no deberá prestar su conformidad. LA AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.
Legitimación: El firmante de la Solicitud declara que, para el supuesto que actuara en nombre y representación de una persona física o jurídica en la contratación del Sistema, el poder que adjunta a la Solicitud, a tal fin y/o el que en su momento presentó a COSMOVISIÓN, se encuentra vigente. Para el caso que así no fuera, el firmante de la Solicitud de Servicio y cualquier otra documentación, se obliga a responder ante COSMOVISIÓN por cualquier reclamo extrajudicial y/o judicial que COSMOVISIÓN recibiere por parte de la persona a la que dice representar, con causa en la falsedad de tal declaración. De suceder éste último evento, COSMOVISIÓN interrumpirá el Sistema en forma inmediata y exigirá al firmante la restitución del Equipo afectado al Sistema dentro de las 72 horas de notificado el requerimiento.
El CLIENTE, en virtud de la prestación del SERVICIO, otorga autorización expresa a COSMOVISIÓN para que lleve a cabo el Tratamiento de sus Datos Personales. Los Datos Personales deberán ser tratados por COSMOVISIÓN de acuerdo a las finalidades para las cuales fueron provistos por el CLIENTE.
Al solicitar el Sistema, el CLIENTE deberá presentar la siguiente documentación: Documento de Identidad legalmente válido; certificación de domicilio y toda otra que resulte necesaria integrar por imposición de la normativa vigente o por requerimiento de COSMOVISIÓN. Asimismo, el CLIENTE se obliga, expresa e irrevocablemente, a entregar -junto con la Solicitud de Servicio- copias de sus formularios CUIT y documentación relacionada con el Impuesto a Ingresos Brutos, según correspondiere. En caso de no cumplir fiel y puntualmente con la obligación aquí asumida, el CLIENTE acepta ser considerado, sin necesidad de comunicación alguna, como consumidor final o sujeto no categorizado.
Análisis Crediticio: El CLIENTE toma conocimiento y acepta que COSMOVISIÓN tiene facultad de realizar un análisis de la calificación crediticia del CLIENTE, por lo que COSMOVISIÓN se reserva el derecho de no aceptar la contratación del SERVICIO si el CLIENTE no calificara crediticiamente, sin que tal rechazo dé derecho a indemnización alguna a favor de este último. Lo establecido en este apartado aplicará sólo en caso de que el CLIENTE haya contratado el servicio bajo la modalidad de suscripción mensual.
CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA UTILIZACIÓN DEL SERVICIO:
El SERVICIO será prestado por medio de equipamientos y recursos humanos técnicos propios de COSMOVISIÓN o contratados por ésta. El sistema será utilizado para uso exclusivo del CLIENTE en el domicilio indicado en la Solicitud de Servicio, quien en ningún caso podrá modificar el destino del mismo.
Comodato: El CLIENTE declara conocer que el cableado interno instalado en su domicilio es una extensión de la red de COSMOVISIÓN, todos sus componentes son propiedad de COSMOVISIÓN, incluyendo los Equipos Electrónicos que allí se instalen, reservándose COSMOVISIÓN el derecho de utilizar para sí o terceros las facilidades adicionales que los mismos puedan brindar para los distintos Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Servicios TIC). El uso de los Equipos instalados y todos los componentes de la red interna se regirán por las normas del “Comodato” (Arts. 1533 y subsiguientes del Código civil y Comercial). Finalizada la prestación del servicio COSMOVISIÓN procederá a retirar los Equipos Electrónicos previa coordinación con el Cliente. COSMOVISIÓN entrega al CLIENTE en comodato el Equipo detallado en la Solicitud de Servicio anexa y que es necesario para el Sistema. El CLIENTE se compromete a mantener el Equipo en el mismo estado de uso y conservación en que le fue entregado. El cliente declara conocer que cada Equipo comprende tanto al cablemódem en sí, su fuente de alimentación y cualquier otro elemento adicional que lo integre. Por ello, si se produjere la pérdida y/o deterioro total o parcial del Equipo, el CLIENTE deberá pagar a COSMOVISIÓN el valor del mismo. A todo evento el CLIENTE declara tomar conocimiento y aceptar, que el valor de reposición de cada equipo es de Dólares Estadounidenses Cien (U$S 180). En caso que el CLIENTE no devuelva alguno de los componentes del Equipo deberá abonar el valor del faltante, estipulándose en U$S 15 el valor de la fuente de alimentación. Queda a criterio del CLIENTE la contratación a su exclusivo costo y cargo de un seguro que cubra el valor del Equipo por todos los riegos posibles (daño total o parcial por cualquier causal, robo, hurto, etc) dicha póliza deberá tener como beneficiario a COSMOVISIÓN. La contratación del mentado seguro no exime al CLIENTE de su responsabilidad como obligado principal pagador. Cualquier incumplimiento total o parcial del CLIENTE a sus obligaciones asumidas en estas “Condiciones Generales” facultará a COSMOVISIÓN de pleno derecho a rescindir el comodato y exigir la restitución del Equipo. La falta de restitución del Equipo producirá los efectos de la retención indebida, siendo aplicable lo dispuesto por el art. 173 del Código Penal. Sin perjuicio de lo expuesto y en concepto de Cláusula Penal, en caso que el CLIENTE no devolviera el equipo en tiempo y forma fijados en la interpelación pertinente, el CLIENTE queda obligado al pago de una multa de Dólares Estadounidenses cinco (U$S 5) por cada día de demora en la efectiva devolución. El importe resultante será independiente del que deba pagarse por el valor del Equipo fijado en la Cláusula Quinta y las restantes deudas líquidas y exigibles por servicios y/u otros cargos ya devengados.
COSMOVISIÓN declara dar expreso cumplimiento a lo dispuesto en los Art. 76 Inc. b y 77 Inc. c del Reglamento de Clientes de los Servicios TIC Resolución 733/2017, que establecen la obligatoriedad de ofrecer un software de protección que impida el acceso a sitios específicos de internet, y el servicio de bloqueos de contenidos, aplicaciones de información y entretenimientos o servicios de control parental.
El CLIENTE podrá optar por contratar alguno de los planes que COSMOVISIÓN ponga a disposición y la cuota de MB que el CLIENTE adquiera de acuerdo al plan tiene una validez de uso mensual, reiniciándose al comienzo de cada mes. Los MB no consumidos en el período mensual se vencen y no podrán ser acumulados ni utilizados en los períodos mensuales siguientes.
VIGENCIA: El plazo de vigencia de la Solicitud de Servicio, sin perjuicio de la fecha de su celebración y firma, se iniciará a partir de la fecha de instalación del Sistema y permanecerá vigente por el plazo de TRES (3) meses con renovación automática, sucesivamente y por igual plazo, al vencimiento de cada periodo.
El cliente tiene derecho a revocar la contratación del Sistema durante el plazo de DIEZ (10) días corridos, contados a partir de la fecha de firma de la presente Solicitud de Servicio. El CLIENTE deberá comunicar fehacientemente dicha revocación a COSMOVISIÓN, y para ejercer el derecho de revocación, el CLIENTE deberá poner a disposición de COSMOVISIÓN el Equipo que hubiere recibido de esta última, sin haberlos usado y manteniéndolos en el mismo estado que lo recibió. COSMOVISIÓN deberá reintegrar al cliente -si así fuere el caso- los importes recibidos de él, con causa en la Solicitud de Servicio.
PRECIO Y CONDICIONES DE PAGO: El cliente deberá abonar por mes adelantado a COSMOVISIÓN las sumas que se detallan en la Solicitud de Servicio:
Cargo inicial por la instalación del Sistema;
Abono mensual por la prestación del servicio
Los vencimientos correspondientes al servicio contratado se efectuarán entre los días 7 y 10 de cada mes. La factura enviada mensualmente al CLIENTE indicará el efectivo vencimiento de la misma. El CLIENTE deberá realizar los pagos dentro de la fecha establecida en cada factura y en cualquiera de los lugares o a través de los medios que COSMOVISIÓN habilite al efecto. El cierre del ciclo de facturación se efectúa entre los días 26 y 28 de cada mes. La falta de pago de cualquier monto adeudado al vencimiento del plazo establecido en la factura correspondiente, hará incurrir al CLIENTE en mora automática de pleno derecho, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna, y autorizará a COSMOVISIÓN a aplicar el interés equivalente a la tasa pasiva para depósitos a TREINTA (30) días utilizada por el Banco de la Nación Argentina, incrementada hasta un 50% (cincuenta por ciento), correspondiente al último día del mes anterior a la efectivización del pago (por aplicación analógica de lo establecido en el art. 12 de la Ley N° 26.361, modificatorio del art. 31 de la Ley N° 24.240). La recepción por parte de COSMOVISIÓN de cualquier pago parcial no implicará la purga ni condonación de mora del CLIENTE.
A las tarifas y precios facturados por mes adelantado o vencido, se adicionarán todos los gastos que correspondieren por impuestos, tasas, cargos, derechos o cualquier otro tipo de gravamen nacional, provincial o municipal, presente o futuro que graven el SERVICIO y que de acuerdo a la normativa tributaria vigente, correspondiere en forma exclusiva al CLIENTE.
COSMOVISIÓN podrá modificar el precio de todos sus productos y servicios y demás conceptos actuales y futuros que comprendan el Sistema utilizado por el CLIENTE. De acuerdo a lo dispuesto en el art. 2 de la Resolución N° 1522/2019 modificatorio del art. 30 de la Resolución N° 733/2017, COSMOVISIÓN notificará al CLIENTE con treinta (30) días corridos de anticipación a su entrada en vigencia, e informará en la página web www.cosmovisionfsa.com/fibra-óptica En caso que el CLIENTE no acepte la modificación podrá rescindir sin cargo el SERVICIO, comunicando dicha decisión a COSMOVISIÓN.
En caso de baja, corresponderá facturar y abonar la totalidad del consumo correspondiente al mes en que opera la baja del SERVICIO.
RESPONSABILIDAD:
El CLIENTE se compromete a utilizar el Sistema conforme los términos y condiciones establecidos en la presente Solicitud de Servicio, si así no lo hiciere, COSMOVISIÓN se encuentra habilitada a proceder a la suspensión preventiva del Sistema.
El CLIENTE se compromete a no efectuar conexiones no autorizadas al Sistema, equipos y red de COSMOVISIÓN y a cumplir con las solicitudes de esta última dirigidas a la reparación o reemplazo de equipos terminales cuando estos afecten a los equipos y/ o a la red de COSMOVISIÓN.
El CLIENTE deberá permitir que el personal designado por COSMOVISIÓN tenga en cualquier momento libre y seguro acceso al domicilio de instalación del Sistema, a los efectos de verificar el correcto funcionamiento y uso del sistema previa coordinación con el CLIENTE de la fecha y horario de visita.
COSMOVISIÓN no será responsable por las interrupciones del Sistema si se deben a:
Averías masivas ajenas a la responsabilidad de COSMOVISIÓN y a terceros por quien debe responder, caso fortuito o fuerza mayor.
Actos y/u omisiones del CLIENTE o de sus dependientes o usuarios;
Causas ajenas a la responsabilidad de COSMOVISIÓN y a terceros por quien debe responder, caso fortuito o fuerza mayor.
Cortes del suministro de energía eléctrica. En virtud de las características técnicas del Sistema, el CLIENTE declara conocer que el Sistema se interrumpirá en caso de cortes del suministro de energía eléctrica en el domicilio del CLIENTE.
COSMOVISIÓN no será responsable por el no funcionamiento o mal funcionamiento de aplicaciones provistas por terceras partes que requieran la utilización de una IP pública asignada directamente sobre el dispositivo del usuario (sea una pc o hardware especifico). En particular, dado que la tecnología conocida como NAT (Network Address Translation) se utiliza para compartir una IP pública entre varias lps privadas, existe la posibilidad que ciertas aplicaciones no funcionen simultáneamente en más de una PC. Cabe aclarar que esta no es una limitación impuesta por el Sistema, objeto del presente Contrato, sino por el servicio al cual se intenta acceder o la aplicación que se intenta utilizar.
En el uso del CLIENTE del servicio de Fibra Óptica de COSMOVISIÓN, ésta declina toda responsabilidad relacionada con la calidad, exactitud, fiabilidad y corrección de los datos, programas e información de cualquier tipo que circulen por las redes. El contenido de dicha información es de exclusiva responsabilidad de los sujetos que la intercambian (remitente y destinatario). En consecuencia, COSMOVISIÓN deja expresamente aclarado que no será responsable por cualquier daño y/o perjuicio reclamado judicial y/o extrajudicialmente motivado por el uso del CLIENTE o de terceros, de los servicios de la red de los que resulte o pueda resultar una infracción a eventuales derechos intelectuales de propiedad de terceros.
El CLIENTE asume plena responsabilidad frente a COSMOVISIÓN y a terceros por los daños y perjuicios de toda clase que se generen como consecuencia del accionar propio, de sus dependientes o de terceros conectados a través del Sistema del CLIENTE, que resulten o cuando sean utilizados como instrumentos de hechos ilícitos, debiendo el CLIENTE indemnizar y mantener indemne a COSMOVISIÓN ante cualquier reclamo de pago que pudiera corresponder en los supuestos indicados.
TERMINACIÓN ANTICIPADA. RESCISIÓN:
A requerimiento del CLIENTE: En cualquier momento sin invocación de causa alguna, sin perjuicio de la obligación del CLIENTE de abonar todos sus consumos y cargos devengados hasta la fecha efectiva de baja del servicio.
Por incumplimiento de COSMOVISIÓN: El CLIENTE podrá dar por terminada la prestación del Sistema si COSMOVISIÓN incumple con cualquiera de sus obligaciones emergentes de la prestación del Servicio y no subsane tal incumplimiento dentro del quinto día de haber sido intimada al efecto en forma fehaciente.
Por incumplimiento del CLIENTE: En caso de que el CLIENTE incumpla con su obligación de pago de cualquier factura dentro de los TREINTA (30) días corridos posteriores a su vencimiento, COSMOVISIÓN tendrá el derecho a interrumpir total o parcialmente el Servicio. En forma previa a concretar la suspensión de las comunicaciones salientes del CLIENTE, COSMOVISIÓN deberá informar al mismo al menos en dos oportunidades acerca de este hecho, telefónicamente o por otros medios. Transcurridos SESENTA (60) días del vencimiento de la factura, COSMOVISIÓN podrá dar de baja el Sistema, previa notificación al CLIENTE con al menos 5 (cinco) días hábiles de anticipación a la fecha efectiva de baja, haciéndose exigibles todas las sumas que se adeuden a la fecha.
FUERZA MAYOR:
Si el CLIENTE o COSMOVISIÓN se vieran afectados por hechos encuadrables como Fuerza Mayor o Caso Fortuito, la parte que se viere afectada podrá notificar a la otra por escrito dentro del plazo de cinco (5) días del suceso. Durante todo el tiempo en que el hecho de fuerza mayor o caso fortuito en cuestión torne imposible el cumplimiento de sus obligaciones, las mismas se suspenderán. En caso de que el hecho de Fuerza Mayor o Caso Fortuito se extendiere por más de TREINTA (30) días impidiendo el normal restablecimiento de las relaciones emergentes entre el CLIENTE y COSMOVISIÓN, cualquiera de ellos podrá notificar su decisión de terminar en forma inmediata la relación, sin incurrir en ninguna responsabilidad como consecuencia de tal terminación anticipada.
Conforme lo establecido en el apartado 9.1 quedan incluidos dentro del concepto de Fuerza Mayor los cortes de energía eléctrica que afecten la prestación del sistema en el domicilio del CLIENTE o de COSMOVISIÓN.
PROVISIÓN DEL SISTEMA.ASISTENCIA TÉCNICA Y RECLAMOS:
El Sistema será prestado y facturado por COSMOVISIÓN
El CLIENTE tendrá a su disposición un Centro de Atención que funcionará durante días hábiles de Lunes a Viernes de 8:00 am a 20:00, mediante el cual comunicará o formulará cualquier inquietud o reclamo relativo a problemas en el Sistema. En tal caso podrá llamar sin cargo: Atención al Cliente 0810-3457246 o por Internet www.cosmovisionfsa.com/fibra-optica. Email de contacto por consultas y/o reclamos: clientes@cosmovisionfsa.com
Por tratarse el Sistema de Servicios de Telecomunicaciones, el CLIENTE podrá encaminar sus reclamos a: -Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), llamando sin cargo al 0800-333-3344. -Dirección de Defensa del Consumidor. Av. Julio A. Roca 651 (1322). Por e-mail a consultas@consumidor.gov.ar o llamando sin cargo al 0800-666-1518. -Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor: https://www.buenosaires.gob.ar/defensaconsumidor/direccion-general -Dirección Provincial de Comercio- Torre Gubernamental II Piso 12 Calle 12 Esq. 53 La Plata - Buenos Aires -Tel. 0800-222-9042. 9.4. Ley de Defensa del Consumidor N°24.240: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/638/texact.htm 9.5.Reglamento de Clientes - Servicios TIC (Resolución E 733 / 2017 MINISTERIO DE MODERNIZACION): http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/305000-309999/305484/texact.htm
CESIÓN: El CLIENTE no podrá ceder total o parcialmente a terceros sus derechos y obligaciones contraídos en el presente contrato.
CONDICIONES FINALES: Los términos y condiciones aquí establecidas son válidos en sí mismos y no invalidará el resto. La cláusula inválida o incompleta podrá ser sustituida por otra equivalente y válida por acuerdo de las partes.
En caso que el CLIENTE contrate servicios adicionales no especificados en estas Condiciones Generales y/o en la Solicitud de Servicio, los mismos se regirán por sus respectivas condiciones de contratación.
Los Anexos que se acompañan a la presente solicitud forman parte integrante de la misma.
En cumplimiento del art. 26 de la Resolución N° 733/2017, COSMOVISIÓN hace entrega en este acto de una copia del Reglamento de Clientes de los Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
LEY Y JURISDICCIÓN: La Solicitud de Servicio y la relación entre el CLIENTE y COSMOVISIÓN se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes de la República Argentina. A todos los efectos derivados de la Solicitud de Servicio y la relación entre el CLIENTE y COSMOVISIÓN que sobrepasen la vía administrativa, las PARTES se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios correspondientes al domicilio del Cliente o de los Tribunales competentes en razón de la materia, en cuyo caso la competencia territorial resultará la del fuero correspondiente al domicilio del cliente. Las Partes constituyen domicilios especiales en los indicados en la Solicitud de Servicio, donde se considerarán válidas todas las comunicaciones que entre ellas se cursen.